VISTO: El cuidado de nuestro medio ambiente y por ende el
impacto que lo contrario genera en la salud de todos y todas,
frente al contexto que se atraviesa.
Y, CONSIDERANDO:
Que, en nuestros días es prioridad realizar limpiezas correspondientes de
todos los desechos que han de verse distribuidos en las arterias
transitorias, estas pueden denominarse como “basureros a cielo abierto”,
en la zona de la estación de nuestra Ciudad detrás de las vías. Calles;
Alfredo Cossi –, Teófilo Rosell al 2000-2300, Boulevard Ameghino como así
también limpieza de zanjeos en prevención del mosquito que transmite el
“Dengue” tal con antecedentes en nuestra Ciudad.
Que, es triste ver la desidia vigente sobre esta zona de un área municipal,
que no toma cartas en el asunto, referimos a la sub. Secretaria de medio
ambiente y espacios públicos de la Municipalidad de Baradero. Teniendo
la potestad como legisladores, nos preguntamos: ¿No ven lo que sucede? ,
¿Cómo funcionario/a público recorren las calles de nuestra Ciudad, para
visualizar problemáticas y poder accionar? ¿Qué es lo que esperan para
prevenir focos infecciosos, que perjudican nuestro medio ambiente y
teniendo como efecto negativo el impacto a nuestra salud?
Que, la espera no puede ser más extensa por explicaciones y contenidos
vacios de funcionarios que deben actuar ante lo aquí señalado.
Que, no solo hay desechos en las intersecciones indicadas en párrafo
anteriores, sino que también las zanjas están tapadas de pastizales, ramas
y se ven arrojados residuos y materiales como ruedas de autos, sillas,
sillones, entre otros.
Que, como legisladores nos acercamos al lugar para constatar lo descripto
por los y las vecinas que nos reclaman el triste estado de su barrio,
pudimos comprobar que la realidad es intolerable.
Que, las imágenes que a continuación adjuntaremos, reflejan el abandono
descripto, estas poseen fecha del día 13/06/2020.
Que, aquí está en juego el cuidado de nuestro medio ambiente, por lo cual
la situación debe resolverse a la brevedad.
Que, es necesario aplicar políticas públicas medioambientales que se insta
al ejecutivo desde HCD a proteger al planeta, con el aporte de los y las
baraderenses de los alrededores se podrá aplicar articuladamente con el
municipio y el área ya antes mencionada; hábitos saludables, acciones
preventivas teniendo en consideración que es esencial reducir la
contaminación y conservar los diferentes recursos naturales.
Que, la idoneidad muchas veces se pone en tela de juicio cuando se
visualizan los hechos de quienes deben actuar en este tipo de reclamos y
no esperar detrás de un escritorio. Para que ese reclamo en base a una
burocracia llegue.
Que, la preservación y protección de la diversidad biológica y la
implementación del desarrollo sustentable es esencial en cada rincón del
mundo, país y comprendiendo lo planteado en sintonía, debe ser base
fundamental en nuestra ciudad.
Que, como refleja en su letra la ley 25.675 de política ambiental.
Se debe promover desde el municipio y del área en cuestión, cambios en
los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a
través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el
no formal; Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el
libre acceso de la población a la misma
Que, continuando lo plasmado por la presente ley sancionada por el
congreso de la nación el día seis de Noviembre del año 2000, la cual
señala de manera textual cuando refiere a los “Principios de la política
ambiental” Articulo cuarto este expresa:
-ARTÍCULO 4º — La interpretación y aplicación de la presente ley, y de
toda otra norma a través de la cual se ejecute la política Ambiental,
estarán sujetas al cumplimiento de los siguientes principios:
Principio de congruencia: La legislación provincial y municipal referida a
lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la
presente ley; en caso de que así no fuere, éste prevalecerá sobre toda
otra norma que se le oponga.
Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas
ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de
prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.
Que, en base a lo que expresa el Art 4º de la ley 25.675 en su principio de
congruencia el HCD local deberá trabajar en cuidado, protección, del
medio ambiente de Baradero respetando la disposición que se menciona ,
como sujetos a esta. La presente LEY GENERAL DEL AMBIENTE está por
encima de todas, por ende su ordenamiento es supremo y deberá ser
respetada y aplicada en este caso concreto.
Que, no debe darse por olvidado lo que sucede con el “Dengue”, ya que el
índice de mortalidad no es menor en el país.
Que, uno de los puntos de recomendación para prevenir el dengue, que
da a conocer el Ministerio de Salud de la Nación en su página oficial es
precisamente la limpieza que debe prevalecer en todo momento,
eliminando, latas, botellas, neumáticos, etc. Que se hallen en vuestros
hogares o en la vía pública como en este caso concreto.
Que, si bien no estamos en el pico de reproducción del dengue,
consultado por diferentes especialistas, no debe descuidarse las medidas
preventivas, ya que los casos aumentan diariamente.
Por todo lo expuesto el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus
atribuciones aprueba con fuerza la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
Art 1º: Aplíquese, acátese la ley de medio ambiente para este caso
especifico, LEY 25.675, la cual en su texto promociona y exige el cuidado
de nuestro ecosistema, como así también las políticas públicas a llevarse
adelante desde Nación con lineamiento local para provincias y distritos.
Art 2º: Aplíquese el mecanismo preventivo que sugiere el Ministerio de
salud de la Nación, en pos de no hacerle lugar al mosquito que con una
sola picadura, llevaría a la muerte a cualquier vecino o vecina
baraderense.
Art 3º: Tómese medidas inmediatas, en torno a limpieza profundas,
destapes, corte de pastizales de las intersecciones: Alfredo Cossi –, Teófilo
Rosell al 2000-2300 final del Boulevard Ameghino. (Detrás de las vías)
Art 4º: Articúlese políticas públicas de acuerdo general con las y los
baraderenses en pos de garantizar el cuidado del medio ambiente, en
nuestros día poseemos un ecosistema dañado y relegado en un segundo
plano.
Prohíbase arrojar residuos, ramas, desechos del que fuere en las arterias
transitorias mencionadas en el artículo tercero, comprometiéndose a su
vez los vecinos a no permitir que otros u otras lo hagan, el acuerdo desde
el municipio con los vecinos y vecinas será un aporte de responsabilidad
individual, que se requiere para la solución concreta de lo que hoy día
resulta como una amenaza a nuestro ecosistema. El compromiso así
también colectivo para preservar nuestro medio ambiente saludable a las
generaciones futuras. Entendiendo además que debemos preservar hoy
más que nunca la salud de todos y todas.
Art º5: De forma.-
Juan Domingo “Peteco” Morales Mariela Greco

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